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Noticia Laboral

reserva de derechos

Ahora los trabajadores podrán plasmar en su finiquito su reserva de derechos, sin necesitar el consentimiento de su empleador o empleadora.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno firmó en agosto el Dictamen N° 1315/26 que establece que las y los trabajadores que hayan terminado su relación laboral pueden dejar plasmada en el documento de finiquito su reserva de derechos, sin necesitar el consentimiento de su empleador o empleadora.

¿Qué es la reserva de derechos?

Se da cuando una o un trabajador deja por escrito en su finiquito su intención de reclamar a futuro en tribunales temas con los que está en desacuerdo, aunque de todas formas firme el documento, porque está de acuerdo con el resto de los conceptos y montos acordados en él. 

El dictamen aclara que esta reserva no necesita la aprobación o consentimiento de los empleadores, sino que es un acto jurídico que la legislación reconoce como un derecho irrenunciable del trabajador.

¿Qué se busca?

El pronunciamiento de la Dirección del Trabajo busca que quienes sean nuevos cesantes, y se encuentren en una situación de incertidumbre laboral y económica, puedan firmar su finiquito y recibir el pago acordado de forma inmediata, sin renunciar a otras remuneraciones adeudadas o derechos pendientes, esto siempre que dejen su reserva de derechos previo a la firma.

Al ser un acto jurídico unilateral no recepticio, es decir, no necesita ser conocido por los empleadores para adquirir eficacia jurídica, las empresas deberán mantener un constante monitoreo para dar cumplimiento a sus obligaciones y posibles demandas laborales.

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