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Noticia Tributaria

En abril vence el plazo para pagar el impuesto sustitutivo al fondo de utilidades tributarias (EX FUT)

El 29 de abril vence el plazo para acogerse a este beneficio tributario llamado ISFUT (Impuesto Sustitutivo al Fondo de Utilidad Tributaria, que incorporó la Ley N° 21.210 del año 2020.

Este beneficio consiste en pagar un impuesto del 30% sobre el saldo de FUT (llamado STUT) al 31 de diciembre 2016 y que tiene como crédito el 100% del impuesto pagado sobre esas utilidades.

Una vez pagado el ISFUT,  las utilidades acogidas al beneficio estarán  con su tributación totalmente cumplida  Es decir, se pueden retirar, remesar o distribuir por los socios cuando quieran, sin pagar impuesto global complementaria o adicional. Solo deberá considerar que debe ser a prorrata de su participación societarias para no aplicar una tasa de castigo del 25% sobre el retiro desproporcionado

Nuestra recomendación es aplicarlo este mes, considerando los cambios que vienen en el proyecto de reforma tributaria del actual gobierno que es por un lado desintegrar el sistema tributario, es decir, la sociedad pagara un impuesto final y el socio otro impuesto final cuando retire las utilidades y además, se estima cobrar un peaje anual a la utilidades acumuladas que no se usen en el giro del negocio.

Por último, la forma de calcular este impuesto y como aplicarlo se encuentra contenido en la Circular N° 43 del 24 de junio del 2020.

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