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Declaraciones juradas que debes presentar hasta el 30 de septiembre

Declaraciones juradas

Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se deben presentar las siguientes declaraciones juradas:

Declaración Jurada 1907: presentada por los propietarios o arrendatarios de terrenos con plantaciones forestales en Chile. La declaración se usa para informar sobre la existencia y la situación de las plantaciones forestales, incluyendo los cambios en la superficie y los volúmenes de madera producidos. 

Declaración Jurada 1937: presentada por las empresas o personas naturales que realizan actividades de transporte de carga o pasajeros a cambio de un pago, por ello, se refiere a la información relacionada con los servicios de transporte remunerado de carga y pasajeros. 

Declaración Jurada 1950: relacionada con la información sobre los recursos naturales utilizados por las empresas en sus procesos productivos, tales como el agua y la energía. Debe ser presentada por las empresas que llevan a cabo actividades productivas que implican el uso de recursos naturales en Chile.

Declaración Jurada 1951: se refiere a la información relacionada con la generación y el manejo de residuos sólidos. Esta declaración es presentada por las empresas que generan residuos sólidos como parte de sus procesos productivos.

Todas son de carácter obligatorio y es fundamental presentarlas en los plazos establecidos, ya que el incumplimiento puede acarrear sanciones o penalidades. 

Es recomendable revisar las normativas y requisitos específicos de cada declaración jurada para asegurar que se proporcione la información correcta y completa en cada caso.

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